Los datos requeridos en los protocolos de diagnóstico presentados para brucelosis en el marco de cualquier acción que se realice bajo el plan actual, deben estar completos con:
- Número de RENSPA del establecimiento
- Nombre del establecimiento
- Razón social del titular
- Partido y/o departamento - Provincia
- Fecha de extracción
- Nombre y Apellido - DNI (número de acreditación en el programa) y número de matrícula del veterinario privado acreditado.
La identificación de los animales muestreados debe responder al número de caravana oficial establecida por:
- Resolución SENASA Nº 754/2006:
Caravanas verdes y/o amarillas. Primer bloque: primeros CINCO (5) caracteres correspondientes a la CUIG. (compuesto de DOS (2) letras y TRES (3) números). Segundo bloque: últimos CUATRO (4) caracteres (correspondientes al código de identificación individual del animal en el establecimiento, compuesto por UNA (1) letra y TRES (3) números).
- Resolución SENASA Nº 563/2012:
Caravanas celestes. Primer bloque: primeros CINCO (5) caracteres compuestos de UNA (1) letra y CUATRO (4) números. Segundo bloque: siguientes CUATRO (4) caracteres, todos números.